
La
corporación no encontró posible la aplicación de la regla empírica consistente
en que “un
trabajador para no perder su empleo obedece las órdenes dadas por su jefe, sin
importar la clase de actividades, incluso sean ilegales”. En su opinión, ese evento hipotético no se cumple en
el caso, ya que la secretaria no se limitó a cumplir con las tareas propias de
su cargo y a obedecer las órdenes impartidas por su jefe, bajo el temor
reverencial de perder su empleo, pues las actividades ilegales que se le
reprochan las realizó, inclusive, durante varios meses después de
desvincularse. Esta premisa no refleja universalidad, porque no es cierto que
las personas, en condiciones generales, estén dispuestas incluso a incurrir en
actividades ilícitas para conservar su trabajo, agregó (M.P. Patricia Salazar
Cuéllar).
(Corte Suprema de Justicia Sala Penal, Sentencia SP-4615 (42722), 4/9/2014)
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