BOLETÍN 165.- SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD NO CUBRE SERVICIOS EN EL EXTERIOR
Teniendo en cuenta que la
prestación de los servicios de salud y todo lo que conlleva dentro del sistema
de seguridad social está supeditado al principio de territorialidad, este no
cubre los servicios de los nacionales colombianos que pretendan realizarse en
el exterior, indicó el Ministerio de Salud. La Resolución 5521 del 2013, por la
cual se actualizó el plan obligatorio de salud, señaló que es deber de las
entidades promotoras de salud garantizar el servicio en las condiciones y
calidad previstas en la normativa vigente a los afiliados dentro del territorio
nacional.
(Min salud, Concepto 136841, 2/6/2014 )
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