Con la reforma tributaria ley 1607 de 2012, todas
aquellas personas naturales incluidas en la categoría de empleados, deberán calcular
sobre la base gravable alternativa RGA del impuesto de renta bajo el nuevo sistema
conocido como IMAN. De aplicación desde el pasado 1 de abril de 2013, en la
cual comenzó a regir en nuestro país el
nuevo Impuesto Mínimo Alternativo Nacional para empleados y asalariados, cuya
aplicación contempla una tabla de retención mínima que arranca desde
$3.600.000, es decir, aquellas personas que reciban ingresos inferiores a este
valor no pagarán dicha retención.
Para ser efectiva la norma, los empleadores deberán
verificar si dentro de su personal hay empleados o trabajadores por cuenta
propia, declarantes o no declarantes, y tomando como base lo anterior, hallar
el valor de la retención comparando la tabla de deducciones del IMAN con la del
sistema ordinario para aplicar el monto que sea mayor.
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