domingo, 21 de julio de 2013

BOLETIN 150.- COMIENSA A REGIR EL IMAN (impuesto Tributarios)


Con la reforma tributaria ley 1607 de 2012, todas aquellas personas naturales incluidas en la categoría de empleados, deberán calcular sobre la base gravable alternativa RGA del impuesto de renta bajo el nuevo sistema conocido como IMAN. De aplicación desde el pasado 1 de abril de 2013, en la cual  comenzó a regir en nuestro país el nuevo Impuesto Mínimo Alternativo Nacional para empleados y asalariados, cuya aplicación contempla una tabla de retención mínima que arranca desde $3.600.000, es decir, aquellas personas que reciban ingresos inferiores a este valor no pagarán dicha retención.
Para ser efectiva la norma, los empleadores deberán verificar si dentro de su personal hay empleados o trabajadores por cuenta propia, declarantes o no declarantes, y tomando como base lo anterior, hallar el valor de la retención comparando la tabla de deducciones del IMAN con la del sistema ordinario para aplicar el monto que sea mayor.

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