Aunque
un trabajador realice su jornada laboral en medio tiempo, el empleador debe
suministrarle dotación si cumple con las condiciones salariales para ello, pues
es una prestación especial no económica.
“Suministro
de calzado y vestido de labor.
Todo
empleador que habitualmente ocupe (1) o más trabajadores permanentes deberá
suministrar cada (4) meses, en forma gratuita, un (1) par de zapatos y un (1)
vestido de labor al trabajador cuya remuneración mensual sea hasta dos (2)
veces el salario mínimo más alto vigente. Tiene derecho a esta prestación el
trabajador que en las fechas de entrega de calzado y vestido haya cumplido más
de tres (3) meses al servicio del empleador”
“La
legislación laboral no hace mención a la intensidad de la jornada laboral como
condición para tener derecho a la dotación”
La
legislación laboral no hace mención a la intensidad de la jornada laboral como
condición para tener derecho a la dotación, solo condiciona a que el salario
que no supere los 2 S.M.M.L.V. y el tiempo mínimo de servicios, por ello, un
empleador no puede negarse a entregar dotación a un trabajador por el hecho de
laborar medio tiempo.
Igual
sucede y por analogía, con el auxilio de transporte, éste no está supeditado a
que se trabaje una jornada de 8 horas, sino por el contrario, que vaya a
laborar sin importar cuantas horas, para que se le deba pagar dicho auxilio de
transporte de manera completa por los días laborados, así sea 4 horas el día,
tal como ya lo habíamos explicado en nuestro editorial “Auxilio de Transporte:
trabajar medio tiempo NO justifica su pago parcial” y en nuestra conferencia
“Auxilio de Transporte cuando se trabaja medio tiempo”.
Recuerde
que en ningún caso, mientras el contrato está vigente se puede entregar dinero
por la dotación. Esta es una prestación especial no económica. Otra cosa son
los bonos exclusivos para dotación o para redimir únicamente en ropa, tal como
explicamos en nuestra conferencia gratuita “Dotación en dinero no es válido”.
Fuente. Actualícese.com
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