La Corte Suprema de Justicia recordó que para
activar la competencia del juez de casación laboral es necesario que se invoque
una norma nacional violada. De lo contrario, precisa, se estaría desatendiendo
lo ordenado por el artículo 333 del Código General del Proceso, que señala como
una de las finalidades del recurso unificar la jurisprudencia nacional y dar
marcha atrás a los efectos de las decisiones que desconozcan las garantías de
las partes. En este caso, sostuvo, era necesario centrar el análisis en la
aplicación del artículo 47 de la Ley
100 de 1993, que establece plazos de convivencia mínima con el
causante de la pensión antes de su deceso, para acceder a la pensión de
sobreviviente, preceptiva que no fue seguida por el accionante (M.P. Luis
Gabriel Miranda).
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