martes, 22 de abril de 2014

BOLETÍN 160.- RESPONSABILIDADES DEL CONTADOR PÚBLICO VINCULADO POR CONTRATO LABORAL SE SUSPENDEN CUANDO TERMINA LA RELACIÓN


El consejo Técnico de la Contaduría Pública, mediante Concepto 87, 3/12/2014 ), conceptualizo que Todas las responsabilidades del contador público vinculado por contrato laboral se suspenden cuando se da por terminada la relación, quedando limitadas solo al tiempo de vigencia del contrato, precisó el Consejo Técnico de la Contaduría Pública. Por el contrario, si el contrato de prestación de servicios incluía obligaciones expresas, como sería el caso de elaborar y presentar la declaración de renta y la información exógena del año gravable 2013, el contador estaría sujeto a cumplir dicha responsabilidad, según los términos contractuales.

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